La Arquidiócesis de Chicago y religiosas católicas logran frenar temporalmente la ley de suicidio asistido en Illinois
16 de Septiembre del 2026
Un tribunal federal dictamina que el estado no podrá obligar a instituciones ni profesionales católicos a actuar en contra de sus convicciones de conciencia.
Un juez federal emitió una orden de suspensión temporal que impide al estado de Illinois aplicar su polémica ley sobre suicidio asistido a la Arquidiócesis de Chicago, al Cardenal Blase Cupich y a comunidades religiosas como las Hermanitas de los Pobres y las Hermanas Carmelitas de los Ancianos y Enfermos. La resolución judicial responde a la demanda presentada por el bufete especializado Becket, en la que se argumenta que la normativa estatal vulnera la libertad religiosa al pretender forzar a las entidades católicas a cooperar en procedimientos para poner fin a la vida de los pacientes.
El Cardenal Cupich aclaró que la acción legal no busca imponer la doctrina eclesiástica a toda la sociedad, sino evitar que la autoridad estatal obligue a los prestadores de salud a violar su propia conciencia. Por su parte, líderes de las congregaciones demandantes expresaron que el fallo aporta tranquilidad a sus residentes y familias, permitiéndoles mantener su vocación de acompañamiento y cuidado integral en los momentos más vulnerables.
Resistencia judicial en aumento contra la ley estatal
La controversia en Illinois se intensificó tras la promulgación de la medida en diciembre de 2025 por parte del gobernador JB Pritzker, la cual faculta a pacientes terminales a acceder a fármacos letales recetados por personal médico. Ante esta situación, diversos sectores religiosos y profesionales de la salud han promovido acciones legales paralelas para salvaguardar sus derechos constitucionales.
En una demanda complementaria impulsada por la Diócesis de Springfield, la Thomas More Society sumó el respaldo de cinco grandes organizaciones sanitarias católicas que representan al 95 % de las instituciones de salud confesionales del estado. La defensa legal enfatizó que la Primera Enmienda ampara el derecho de los médicos y hospitales a rechazar la promoción de sustancias letales, preservando su misión de curar y acompañar a los dolientes conforme a sus principios éticos.
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